martes, 1 de mayo de 2012

Tips para dueñas


Aunque no lo crea, en 1813, en este país (Argentina, ese país que Ud. cree propiedad privada exclusivamente suyo) dictó la libertad de vientres de las esclavas, eliminó mayorazgos y títulos de nobleza, libró a los indígenas de la obligación de pagar tributo, puso fin al tráfico de esclavos y, abolió la Inquisición y la práctica de la tortura. (A un pasito quedó la independencia). O sea: esa gente que trabaja con Usted no es suya. Ellos son de ellos. Déjeme ayudarlo. Repasemos.



Servicio Doméstico ¿Cómo reconocerlo?

Son los que realizan actividades de mucamas, niñeras, cocineras, jardineros, caseros, amas de llaves, damas de compañía, mayordomos, institutrices, nurses o gobernantas; siempre y cuando trabajen para un mismo dador de trabajo, como mínimo 6 horas semanales.




Y esto ¿Cómo se cocina?

Ingredientes:

1 Cuil de Trabajador.
Voluntad c/n
Dinero, una pizca

Receta:

1. Pídale el Cuil a su empleado domestico. (Si no  tiene lo puede sacar en el acto en el Anses con el DNI. Si su empleado es extranjero también, solo necesita un certificado extendido por la Dirección Nacional de Migraciones).
2. Pague los aportes y las contribuciones. (Tiene hasta el 10 del mes siguiente de haberle dado el sueldo. Puede pagar en el banco con dinero en efectivo, cheque común o débito). También puede pagar por internet. (Si no es lo suyo, pídale colaboración a su hijo o nieto).El formulario va a ayudarlo. Es interactivo. O de última puede pagar por Cajero automático de las redes Link o Banelco. (Puede aprovechar el viaje de cuando saca plata para ir al shopping).
3. Le van a dar dos tickets. Déselos al trabajador. Pídale que le firme uno y se quede con el otro.
4. Y listo.  

Atenti: No se olvide de decirle al contador que con ese pago tiene que reclamar el descuentito de que “quienes tienen registrado a su empleado del servicio doméstico y realizan su determinación de Ganancias anualmente, pueden deducir hasta 12.960 pesos en su declaración jurada por el período fiscal 2011.  Dígale a su contador que este monto debe computarse como "Deducciones generales de fuente argentina", utilizando el programa aplicativo "Ganancias Personas Físicas - Bienes Personales V.9" o en caso de corresponder el "Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas".

Fuente: http://www.afip.gov.ar/blanco/

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